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Decreto núm. 164, publicado el 20 de Abril de 2021. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TEZCARR SPA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TEZCARR SPA

Santiago, 23 de noviembre de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 164.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta Nº 1.558 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de las Bandas de Frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 153.598 de 28.11.2019.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Tezcarr SpA, RUT Nº 76.989.912-K, con domicilio en Pablo VI Nº802, Comuna de La Pintana, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para:

      1.1 Instalar, operar y explotar estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

      1.2 Instalar, operar y explotar los siguientes tramos de Fibra Óptica, según se indica a continuación:

      1.3 Las ubicaciones de todas las estaciones se indican a continuación:

      Para la Región Metropolitana de Santiago

      Las interconexiones a las redes públicas existentes serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

    3. La zona de servicio de la concesión corresponderá a las comunas de La Granja, La Pintana y Pedro Aguirre Cerda, de la Región Metropolitana de Santiago

    4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

    5. Las concesionarias que utilicen la banda 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las...

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