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Decreto núm. 16 EXENTO, publicado el 10 de Febrero de 2017. APRUEBA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DEL TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DEL TRABAJO

Núm. 16 exento.- Santiago, 24 de enero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo N° 32, número 7 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que dispone la reestructuración y funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en los artículos 79 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo N° 1.727, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

Que mediante decreto exento Nº 3, de 2015, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se establece el orden de subrogación del cargo de Subsecretario del Trabajo.

Que de acuerdo al artículo 81, letra a) de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo la autoridad facultada para efectuar un nombramiento podrá, para los cargos de exclusiva confianza, determinar un orden de subrogación diferente al establecido en el artículo 80 del mismo cuerpo normativo.

Que por razones de buen servicio, la Ministra del Trabajo y Previsión Social estima necesario revisar el orden de subrogación del cargo de Subsecretario del Trabajo cuando éste se encuentre imposibilitado de ejercerlo por ausencia temporal o impedimento transitorio.

Decreto:

Primero: Apruébase el siguiente orden de subrogación para el cargo de Subsecretario del Trabajo, en caso de ausencia temporal o impedimento transitorio de éste, en el orden de prelación que se indica:

1) Jefe(a) de Gabinete Subsecretario del Trabajo.

2) Jefe(a) de División Jurídica de la Subsecretaría del Trabajo.

3) Jefe(a) de División de Administración y Finanzas...

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