Decreto núm. 159, publicado el 26 de Noviembre de 2021. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MONLEONE SpA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MONLEONE SpA
Santiago, 13 de agosto de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 159.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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El decreto supremo Nº 281, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Reglamento que fija procedimientos de Cálculo para el cobro de los Derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.
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Resolución exenta N° 1.752, de 1998, de esta Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Uso de las bandas de frecuencias para el Servicio Público de Transmisión de Datos Móvil por Satélite y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 40.665, de 11.03.2020, complementado por ingresos Subtel Nº 217.304, de 02.09.2020, N° 104.713, de 03.06.2021 y N° 120.719, de 02.07.2021.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Monleone SpA, RUT Nº 76.917.913-5, con domicilio en Badajoz N° 100, oficina 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para operar y explotar Estaciones Terrenas Móviles, según se indica a continuación:
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La zona de servicio corresponderá al Territorio Nacional.
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El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
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Los plazos son los que se indican a continuación:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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La concesionaria deberá informar, dentro de los primeros 5 días...
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