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Decreto núm. 159, publicado el 26 de Noviembre de 2021. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MONLEONE SpA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MONLEONE SpA

Santiago, 13 de agosto de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 159.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 281, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Reglamento que fija procedimientos de Cálculo para el cobro de los Derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.

  6. Resolución exenta N° 1.752, de 1998, de esta Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Uso de las bandas de frecuencias para el Servicio Público de Transmisión de Datos Móvil por Satélite y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 40.665, de 11.03.2020, complementado por ingresos Subtel Nº 217.304, de 02.09.2020, N° 104.713, de 03.06.2021 y N° 120.719, de 02.07.2021.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Monleone SpA, RUT Nº 76.917.913-5, con domicilio en Badajoz N° 100, oficina 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para operar y explotar Estaciones Terrenas Móviles, según se indica a continuación:

    2. La zona de servicio corresponderá al Territorio Nacional.

    3. El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.

    4. Los plazos son los que se indican a continuación:

    5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

    6. La concesionaria deberá informar, dentro de los primeros 5 días...

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