Decreto núm. 157, publicado el 21 de Diciembre de 2023. PROMULGA LAS ENMIENDAS AL ARTÍCULO 8 DEL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, ADOPTADAS EL 14 DE DICIEMBRE DE 2017 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 972829609

Decreto núm. 157, publicado el 21 de Diciembre de 2023. PROMULGA LAS ENMIENDAS AL ARTÍCULO 8 DEL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, ADOPTADAS EL 14 DE DICIEMBRE DE 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA LAS ENMIENDAS AL ARTÍCULO 8 DEL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, ADOPTADAS EL 14 DE DICIEMBRE DE 2017

Núm. 157.- Santiago, 10 de octubre de 2023.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 14 de diciembre de 2017, se adoptaron, respectivamente, las Enmiendas al Artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, todas en la duodécima reunión plenaria de la Asamblea de los Estados Partes del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Que dichas Enmiendas fueron aprobadas por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 18.690, de 21 de agosto de 2023, de la Honorable Cámara de Diputadas y Diputados.

Que el instrumento de ratificación de las aludidas Enmiendas se depositó ante el Secretario General de las Naciones Unidas el 21 de septiembre de 2023 y, en consecuencia, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 121, párrafo 5 del Estatuto de Roma, las indicadas Enmiendas entrarán en vigor para la República de Chile el 21 de septiembre de 2024.

Decreto:

Artículo único

Promúlganse las Enmiendas al Artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptadas por la Asamblea de Estados Partes del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, el 14 de diciembre de 2017; cúmplanse y publíquese copia autorizada de sus textos en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Albert van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores.- Luis Cordero Vega, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Iván Favereau Urquiza, Director General Administrativo (S).

TRADUCCIÓN

N° I-374/18

Naciones Unidas

Dirección postal: United Nations NY 10017

Dirección de cable: Unations NewYork

Referencia: C.N. 126.2018. TREATIES-XVIII.10 (Notificación del Depositario).

ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

Roma, 17 de julio de 1998

Enmienda del Artículo 8

(Armas Láser Cegadoras)

El Secretario General de las Naciones Unidas, actuando en su calidad de depositario, comunica lo siguiente:

Con fecha 14 de diciembre de 2017, en su 12a reunión plenaria, la Asamblea de Estados Partes del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional adoptó, mediante Resolución ICC-ASP/16/Res.4, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 121 del Estatuto...

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