Decreto núm. 1565 EXENTO, publicado el 28 de Marzo de 2022. FIJA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
Núm. 1.565 exento.- Santiago, 14 de marzo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 1.028, de 1975, que Precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto supremo N° 19, Párrafo 1, N° 22, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el artículo 81, letra a) del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834; en el decreto supremo N° 70, de 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Interior y Seguridad Pública; y, en la resolución 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indica.
Considerando:
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Que, es necesario dar continuidad al servicio en caso de ausencia o impedimento del titular.
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Que, de acuerdo a la normativa vigente, en los casos que se requiera que un funcionario actúe como subrogante de otro, lo será por regla general y por el sólo ministerio de la ley, el que siga en orden jerárquico a éste.
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Que, por razones de buen servicio, se ha estimado pertinente establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
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Que, el artículo 81 letra a) del DFL N° 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, dispone que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.
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Que, el Presidente de la República mediante decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos a, entre otras materias, la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.
Decreto:
Determínase el siguiente orden de subrogación, en el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo del...
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