Decreto núm. 153, publicado el 05 de Febrero de 2019. CONTRATA A DON JUAN PABLO SCHAEFFER FABRES COMO AGREGADO PARA QUE PRESTE FUNCIONES EN LA MISIÓN DE CHILE ANTE LAS NACIONES UNIDAS Y OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES CON SEDE EN GINEBRA, SUIZA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 762070389

Decreto núm. 153, publicado el 05 de Febrero de 2019. CONTRATA A DON JUAN PABLO SCHAEFFER FABRES COMO AGREGADO PARA QUE PRESTE FUNCIONES EN LA MISIÓN DE CHILE ANTE LAS NACIONES UNIDAS Y OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES CON SEDE EN GINEBRA, SUIZA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

CONTRATA A DON JUAN PABLO SCHAEFFER FABRES COMO AGREGADO PARA QUE PRESTE FUNCIONES EN LA MISIÓN DE CHILE ANTE LAS NACIONES UNIDAS Y OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES CON SEDE EN GINEBRA, SUIZA

Núm. 153.- Santiago, 25 de mayo de 2018.

Vistos:

El DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 21.053 sobre Presupuesto para el Sector Público año 2018; el DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y las resoluciones N os 1.600, de 2008 y 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º del DFL Nº 33, de 1979, de Relaciones Exteriores, según sustitución practicada por el artículo 53º, Nº 2, de la ley Nº 21.080, el Presidente de la República puede designar Agregados a Contrata, para que se desempeñen en las Misiones de Chile en el Exterior, según lo requieran las necesidades del Servicio, dicto lo siguiente

Decreto:

  1. - Contrátese al señor Juan Pablo Schaeffer Fabres (RUN Nº 10.373.614-5), a contar del 1 de septiembre de 2018 y mientras sean necesarios sus servicios, siempre que no excedan del 31 de diciembre de 2018, como Agregado, asimilado a 4ª Categoría Exterior, para que preste funciones en la Misión de Chile ante las Naciones Unidas y otros organismos internacionales con sede en Ginebra, Suiza.

  2. - El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá poner término anticipado al presente contrato si los servicios de la persona indicada dejan de ser necesarios.

  3. - Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes...

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