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Decreto núm. 151, publicado el 21 de Septiembre de 2022. NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Núm. 151.- Santiago, 1 de abril de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 24 y 3210 de la Constitución Política de la República cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005; en la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería; en el decreto con fuerza de ley N° 1-21.325, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública del año 2022, que fija la planta de personal del Servicio Nacional de Migraciones y regula otras materias que indica; en los artículos 14 y 16 del decreto con fuerza de ley N° 29 del Ministerio de Hacienda del año 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.;en la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto ley N° 249, del año 1973, que fija escala única de sueldos para el personal que señala y su legislación complementaria; en la ley N° 21.395, de Presupuestos del Sector Público para el año 2022; en el decreto N° 44, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública del año 2022; los decretos N°s. 429 y 441, del Ministerio de Hacienda, ambos del año 2022 y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 156 de la ley N° 21.325, el Servicio Nacional de Migraciones es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  2. Que, mediante decreto N° 44, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se aceptó la renuncia del Director del Servicio Nacional de Migraciones, a contar del 2 de abril de 2022.

  3. Que, el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones se encuentra vacante.

  4. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo de la norma legal precitada, el servicio antes referido está sujeto a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública establecido en la ley N° 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica.

  5. Que, en relación con lo anterior, el artículo trigésimo sexto bis de la ley N° 19.882, establece que el Presidente de la República puede eximir de la...

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