Decreto núm. 150, publicado el 26 de Enero de 2016. MODIFICA DECRETO Nº 202, DE 2014, DEL MINISTERIO DE SALUD
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO Nº 202, DE 2014, DEL MINISTERIO DE SALUD
Núm. 150.- Santiago, 15 de diciembre de 2015.
Visto:
Lo informado por memorándum C52/Nº 103, de 17 de noviembre de 2015, de la División de Atención Primaria, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, del Ministerio de Salud; lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 26º, 28º, 29º, 30º, 49º, 51º, 55º, 55º bis y 56º inciso tercero de la Ley Nº 19.378, de 1995, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal y sus modificaciones; en el Libro I del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las Leyes Nº 18.469 y Nº 18.933; en los artículos 2º, 3º, 4º y 11º del decreto Nº 2.296, de 1995, que aprueba el Reglamento General de la ley Nº 19.378; en los artículos 77º, 78º, 79º y 80º del decreto Nº 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de la Carrera Funcionaria del Personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
-
- Que compete al Ministerio de Salud, determinar anualmente el Aporte Estatal que los Servicios de Salud deberán transferir mensualmente, por intermedio de las municipalidades, a las entidades administradoras de salud municipal y los procedimientos necesarios para ello.
-
- Que la población potencialmente beneficiaria se determinó conforme a lo señalado en el inciso penúltimo del artículo 18º del citado Libro I del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; en el inciso primero del artículo 28º del decreto Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; y en el artículo 4º del citado decreto Nº 2.296, mediante el proceso de inscripción establecido en la cláusula tercera letras a) y c) de todos los Convenios Per Cápita celebrados entre los Servicios de Salud y las Municipalidades respectivas, aprobados por los correspondientes decretos del Ministerio de Salud.
-
- Lo informado a través del memorándum C51 Nº 22, de fecha 21 de enero de 2015, de la División de Atención Primaria de la Subsecretaria de Redes Asistenciales, del Ministerio de Salud, que informa los nuevos montos a pagar de la Asignación de Desempeño Dificil, por comuna durante el año 2015. Lo anterior conforme a los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba