Decreto núm. 147, publicado el 11 de Noviembre de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA JUAN MANUEL MERINO DE LA PUENTE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS COMPUTACIONALES E.I.R.L. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701718781

Decreto núm. 147, publicado el 11 de Noviembre de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA JUAN MANUEL MERINO DE LA PUENTE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS COMPUTACIONALES E.I.R.L.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA JUAN MANUEL MERINO DE LA PUENTE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS COMPUTACIONALES E.I.R.L.

Santiago, 28 de julio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 147.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

  6. Resolución exenta N° 1.558, de 2008, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 129.576, de 13.10.2016.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Juan Manuel Merino de la Puente Telecomunicaciones y Servicios Computacionales E.I.R.L., RUT Nº 76.657.787-3, con domicilio en calle Pablo Neruda N° 138B, Villa San Nicolás, comuna de San Nicolás, VIII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:

      1.1 Enlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

      1.2 Radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

      La interconexión con redes existentes del mismo tipo, se realizará por medios propios y/o terceros debidamente autorizados.

      El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.

    2. La Zona de servicio comprenderá las comunas de Chillán, San Carlos y San Nicolás, todas de la VIII Región del Biobío.

    3. Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones en la banda de 5.725 - 5.850 MHz, no deben causar interferencia a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en la banda de 5.795 - 5.815 MHz, los que tendrán...

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