Decreto núm. 146, publicado el 20 de Abril de 2022. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 837, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DEL AÑO 2010, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 20.430, QUE ESTABLECE DISPOSICIONES SOBRE PROTECCIÓN DE REFUGIADOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 837, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DEL AÑO 2010, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 20.430, QUE ESTABLECE DISPOSICIONES SOBRE PROTECCIÓN DE REFUGIADOS
Núm. 146.- Santiago, 1 de abril de 2022.
Vistos:
Lo establecido en el decreto supremo N° 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República, especialmente en sus artículos 6, 7, 19 N°s 2 y 3 y 32 N° 6; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2000 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.430, que establece disposiciones sobre protección de refugiados; en la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en la ley N° 21.325, Ley de Migración y Extranjería; en el decreto supremo N° 287, del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 1972, que aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; en el decreto supremo N° 293, del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 1972, que aprueba el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados; en el decreto supremo N° 837, del entonces Ministerio del Interior del año 2010, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.430, que establece disposiciones sobre protección de refugiados y en la resolución N° 7 de la Contraloría General de la República del año 2019.
Considerando:
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Que, el artículo 32 N° 6 de decreto supremo N° 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República, faculta al Presidente de la República para dictar reglamentos, decretos e instrucciones que crea conveniente para la ejecución de las leyes.
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Que, la ley N° 20.430 establece disposiciones sobre protección de refugiados, disponiendo que la protección de los solicitantes de la condición de refugiado y los refugiados debe regirse por los principios de no devolución, incluida la prohibición de rechazo...
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