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Decreto núm. 145, publicado el 11 de Octubre de 2019. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA DUONET LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA DUONET LIMITADA

Santiago, 13 de junio de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 145.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta Nº 1.558 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la Banda de Frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.

  6. Resolución exenta Nº 517 de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 113.588 de 23.08.2017, complementado mediante ingreso Subtel Nº 160.812 de 04.12.2017 e ingreso Subtel Nº 160.814 de 04.12.2017.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Duonet Limitada, RUT Nº 76.608.331-5, con domicilio en Carlos Halabi Nº 171, Villa Carlos Droguett, comuna de Talagante, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Déjese sin efecto el decreto supremo Nº 97 de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin tramitar por la Contraloría General de la República.

    2. Autorízase a la concesionaria para:

      2.1 Instalar, operar y explotar estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

      2.2 Instalar, operar y explotar estaciones punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

      Para la Región Metropolitana de Santiago

      Para la Región de La Araucanía

      Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados.

    3. Los plazos serán los que se indican a continuación:

    4. La zona de servicio de la concesión corresponderá a la comuna de Talagante, Región Metropolitana de Santiago y a la comuna de Lautaro, Región de la Araucanía.

    5. El periodo de...

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