Decreto núm. 145, publicado el 28 de Septiembre de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MORELIA ELIANA BIAVA HENRÍQUEZ, VENTA E INSTALACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET E.I.R.L.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MORELIA ELIANA BIAVA HENRÍQUEZ, VENTA E INSTALACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET E.I.R.L.
Santiago, 28 de julio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 145.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N° 517, de 2001, que Fija Norma Técnica para el uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus posteriores modificaciones.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 122.973, de 27.09.2016, complementado mediante ingreso Subtel Nº 8.733, de 17.01.2017.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Morelia Eliana Biava Henríquez, Venta e Instalación de Servicios de Internet E.I.R.L. RUT. Nº 76.637.979-6, con domicilio en Calle Juegos Florales N° 1484, Villa Los Jardines de Los Andes, comuna de Los Andes, V Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar un (1) radioenlace punto a multipunto en la Banda de 5,8 GHz, según se indica a continuación.
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La zona de servicio corresponderá a la comuna de San Felipe, V Región.
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El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
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Las concesionarias que utilicen la banda 5.725 - 5.850 MHz, la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas.
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Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones...
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