Decreto núm. 144, publicado el 23 de Diciembre de 2015. PROMULGA EL ACUERDO DE PRÓRROGA DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 590417890

Decreto núm. 144, publicado el 23 de Diciembre de 2015. PROMULGA EL ACUERDO DE PRÓRROGA DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO DE PRÓRROGA DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

Núm. 144.- Santiago, 9 de octubre de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 5 de junio de 2015, los Estados Partes del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe, adoptaron, en Viena, el Acuerdo de Prórroga al referido Acuerdo de Cooperación, el cual fuera publicado en el Diario Oficial de 25 de abril de 2006.

Que dicho Acuerdo de Prórroga fue adoptado de conformidad con el Artículo VI del señalado Acuerdo de Cooperación, y entró en vigor internacional el 5 de septiembre de 2015.

Decreto:

Artículo Único

Promúlgase el Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe, adoptado por los Estados Partes del referido Acuerdo de Cooperación, en Viena, el 5 de junio de 2015; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe

Considerando que los Gobiernos de la Argentina, Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, el Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, el Paraguay, el Perú, la República Bolivariana de Venezuela, la República Dominicana y el Uruguay son miembros del Organismo Internacional de Energía Atómica (denominado en adelante "el OIEA") y Partes en el Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe (denominado en adelante "el ARCAL"), que entró en vigor el 5 de septiembre de 2005;

Considerando que, en virtud de su artículo XI, el ARCAL extenderá su vigencia por un período de 10 años desde la fecha de su entrada en vigor y, por consiguiente, terminará el 4 de septiembre de 2015, pero podría prorrogarse por lapsos de cinco...

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