Decreto núm. 139, publicado el 21 de Marzo de 2022. PROMULGA EL ACUERDO CON AZERBAIYÁN SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y DE SERVICIO/OFICIALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO CON AZERBAIYÁN SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y DE SERVICIO/OFICIALES
Núm. 139.- Santiago, 15 de noviembre de 2021.
Vistos:
Los Artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 13 de septiembre de 2018 se suscribió, en Santiago, Chile, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Azerbaiyán relativo a la Exención del Requisito de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio/Oficiales.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 16.998, de 13 de octubre de 2021, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que se dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11 del referido Acuerdo y, en consecuencia, éste entrará en vigor el 27 de noviembre de 2021.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Azerbaiyán relativo a la Exención del Requisito de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio/Oficiales, suscrito en Santiago, el 13 de septiembre de 2018; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE AZERBAIYÁN RELATIVO A LA EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y DE SERVICIO/OFICIALES
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Azerbaiyán, en adelante las "Partes",
Deseosos de fortalecer las relaciones de amistad entre las Partes,
Con la esperanza de facilitar la entrada, salida y tránsito de los titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales válidos de los respectivos Estados,
Han convenido en lo siguiente:
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Los nacionales de la República de Azerbaiyán y de la República de Chile, titulares de pasaportes diplomáticos o de servicio/oficiales válidos, así como los familiares menores de edad cuyos nombres sean...
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