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Decreto núm. 139, publicado el 18 de Julio de 2020. PROMULGA EL CÓDIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA, 2008 (CÓDIGO IS 2008)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL CÓDIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA, 2008 (CÓDIGO IS 2008)

Núm. 139.- Santiago, 17 de mayo de 2018.

Vistos:

Los Artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley Nº 18.158.

Considerando:

Que el Comité de Seguridad Marítima, MSC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó por Resolución MSC.267(85), de 4 de diciembre de 2008, el Código Internacional de Estabilidad sin Avería, 2008 (Código IS 2008), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS) enmendado, publicado en el Diario Oficial de 11 de junio de 1980.

Que mediante las resoluciones del Comité de Seguridad Marítima MSC.269(85) y MSC.270(85), publicadas en el Diario Oficial de 23 de enero de 2012 y de 17 de noviembre de 2011, respectivamente, se adoptaron, entre otras, enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974, enmendado y al Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional de Líneas de Carga, 1966, a fin de conferir carácter obligatorio en virtud del Convenio SOLAS 1974 y el Protocolo de Líneas de Carga 1988 a la introducción y las disposiciones de la parte A del Código Internacional de Estabilidad sin Avería, 2008.

Que la referida resolución MSC.267(85) entró en vigor internacional el 1 de julio de 2010.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Código Internacional...

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