Decreto núm. 136, publicado el 14 de Diciembre de 2021. ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA PRESENTADA POR DON DANIEL ENRIQUE RODRÍGUEZ MORALES Y DECLARA VACANTE EL CARGO DE SECRETARIO EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA PRESENTADA POR DON DANIEL ENRIQUE RODRÍGUEZ MORALES Y DECLARA VACANTE EL CARGO DE SECRETARIO EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Núm. 136.- Santiago, 20 de octubre de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35, de la Constitución Política de la República; en los artículos 4, 14 y 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 20.529, del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto Nº 257, de 26 de agosto de 2019, del Ministerio de Educación, que nombra a don Daniel Enrique Rodríguez Morales, en el cargo de Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación; en la carta de renuncia presentada por don Daniel Enrique Rodríguez Morales, Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación; y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija mormas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
Que, la ley Nº 20.529 crea el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Escolar que se encuentra conformado por la Agencia de Calidad de la Educación, el Ministerio de Educación, la Superintendencia de Educación y el Consejo Nacional de Educación.
Que, la Agencia de Calidad de la Educación es un servicio público, fundamentalmente descentralizado, con consejo exclusivo, dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio y que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
Que, la ley estipula que el objeto de la Agencia será evaluar y orientar el sistema educativo para que este propenda al mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas, es decir, que todo alumno tenga las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad.
Que, el artículo 32 de la ley Nº 20.529, establece que los órganos de la Agencia son el Consejo y el Secretario Ejecutivo; y su artículo 41, señala que este último será el jefe superior del servicio, y estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública.
Que, en el decreto Nº 257, de 26 de agosto de 2019, se nombra a don Daniel Enrique Rodríguez...
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