Decreto núm. 1332 EXENTO, publicado el 22 de Octubre de 2021. ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 1.131 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 877122997

Decreto núm. 1332 EXENTO, publicado el 22 de Octubre de 2021. ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 1.131 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 1.131 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA

Núm. 1.332 exento.- Santiago, 13 de octubre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575. Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales; en la ley Nº 19.882, que regula la Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley Nº 14, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija la Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de Atacama que comprende las comunas de Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral y Diego de Almagro; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indican;

Considerando:

Que, el artículo 3210 de la Constitución Política de la República, establece que es atribución especial del Presidente de la República nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina como de su exclusiva confianza y proveer los demás empleos civiles en conformidad a la ley;

Que, de acuerdo al artículo 21 de la ley Nº 21.040, la dirección y administración de cada Servicio Local de Educación Pública, estará a cargo de un funcionario denominado Director Ejecutivo, quien será el Jefe Superior del Servicio, y será nombrado por el Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos previsto en el párrafo 3º del Título VI de la ley Nº 19.882;

Que, el artículo quincuagésimo octavo de la ley Nº 19.882, señala que "los altos directivos públicos, tendrán en materia de remoción la calidad...

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