Decreto núm. 133, publicado el 12 de Marzo de 2021. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 862202422

Decreto núm. 133, publicado el 12 de Marzo de 2021. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE

Núm. 133.- Santiago, 20 de agosto de 2019.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República y el decreto supremo 13, de 17 de enero de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Considerando:

Que, por decreto supremo N° 13, de 17 de enero de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 celebrado entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (Mercosur), por una parte, y la República de Chile, por la otra, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 7 de noviembre de 2016, el cual fuera publicado en el Diario Oficial de 23 de mayo de 2017.

Que, el referido decreto señalaba, además, la entrada en vigor del aludido Protocolo Adicional entre la República de Chile y la República Argentina.

Que, habiendo cumplido la República del Paraguay con lo previsto en el artículo 3° del mencionado Protocolo Adicional, este instrumento internacional entrará en vigor entre la República de Chile y la República del Paraguay el 7 de...

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