Decreto núm. 13, publicado el 17 de Enero de 2023. ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE CONSEJERA DEL CONSEJO DE EXPERTOS DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY Nº 21.302 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 918129223

Decreto núm. 13, publicado el 17 de Enero de 2023. ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE CONSEJERA DEL CONSEJO DE EXPERTOS DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY Nº 21.302

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE CONSEJERA DEL CONSEJO DE EXPERTOS DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY Nº 21.302

Núm. 13.- Santiago, 14 de septiembre de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 3210 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo Nº 3, de 2021, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez, que aprueba reglamento que establece normas para el funcionamiento del Consejo de Expertos del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia; en el decreto supremo Nº 18, de 2021, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez, que nombra consejeros de los literales c) y d) del artículo 10 de la ley Nº 21.302, y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.

Considerando:

  1. Que, la ley Nº 21.302, en adelante e indistintamente la "Ley", crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica.

  2. Que, el artículo 9º de la ley Nº 21.302 crea un Consejo de Expertos, en adelante e indistintamente "el Consejo", cuyas funciones detalla el mismo artículo, y que estará compuesto, de conformidad al artículo 10º de la ley, por cinco miembros expertos en las áreas ligadas a la niñez, que cuenten con experiencia y reconocida trayectoria en el área de su competencia. Tres de ellos serán designados por el Presidente de la República, según se indica en el artículo 11 de la ley.

  3. Que, de acuerdo a lo señalado anteriormente, después de haberse llevado a cabo los respectivos procesos de selección por parte del Consejo de Alta Dirección Pública, se designó por el Presidente de la República, mediante el decreto...

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