Decreto núm. 128, publicado el 02 de Diciembre de 2021. DESTINA A DOÑA MARÍA VERÓNICA CHAHÍN SARAH A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
DESTINA A DOÑA MARÍA VERÓNICA CHAHÍN SARAH A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO
Núm. 128.- Santiago, 30 de septiembre de 2020.
Vistos:
La Constitución Política de la República; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 del Estatuto Administrativo; la Ley N° 21.192 sobre Presupuestos del Sector Público para el año 2020; los decretos N°s 2.154 de 1997, 63 de 2015, y 110 de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, por decreto N° 63, de 2015, de esta Secretaría de Estado, la Señora María Verónica Chahín Sarah (RUN N° 7.737.584-8), Embajadora, 1ª Categoría Exterior, fue destinada a prestar servicios como Embajadora de Chile ante el Gobierno de Hungría, a contar del 5 de junio de 2015.
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Que, por decreto N° 110, de 2020, de esta Secretaría de Estado, cesó la señora María Verónica Chahín Sarah (RUN N° 7.737.584-8), Embajadora, 1ª Categoría Exterior, de prestar servicios como Embajadora de Chile ante el Gobierno de Hungría, a contar del 1 de octubre de 2020.
Decreto:
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Destínase a prestar servicios en Chile en calidad de Adscripto, a la Sra. María Verónica Chahín Sarah (RUN N° 7.737.584-8), Embajadora 1ª Categoría Exterior, a contar del 1 de noviembre de 2020.
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La Señora Chahín Sarah, cesó en sus funciones como Embajadora de Chile ante el Gobierno de Hungría, a contar del 1 de octubre de 2020.
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La persona antes individualizada, pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera, a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.
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Establézcase que la citada funcionaria tendrá derecho a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, de esta Secretaría de Estado.
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Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá efecto desde el 1 de noviembre de 2020, sin esperar su total tramitación.
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Impútese el gasto que corresponda al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en...
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