Decreto núm. 128, publicado el 26 de Febrero de 2024. ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA PRESENTADA POR DON JAIME MARIO VEAS SÁNCHEZ AL CARGO DE DIRECTOR DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA PRESENTADA POR DON JAIME MARIO VEAS SÁNCHEZ AL CARGO DE DIRECTOR DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Núm. 128.- Santiago, 30 de noviembre de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32, N° 6 y 10, y 35, de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en el artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que Indica; en la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el DFL N° 34, de 2017, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal de la Dirección de Educación Pública y regula otras materias a que se refiere el artículo trigésimo sexto transitorio de la ley N° 21.040; en el decreto supremo N° 188, de 2022, del Ministerio de Educación, que nombró a don Jaime Mario Veas Sánchez en el cargo de Director de la Dirección de Educación Pública; en la carta de fecha 27 de noviembre de 2023, del Ministro de Educación, dirigida a don Jaime Mario Veas Sánchez, mediante la cual se le solicitó formalmente la renuncia no voluntaria al cargo de Director de Educación Pública; en la carta de renuncia no voluntaria al cargo de Director de Educación Pública, de fecha 29 de noviembre de 2023, presentada por don Jaime Mario Veas Sánchez; y, en las resoluciones N°s. 6 y 7, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, el artículo 59 de la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales, creó la Dirección de Educación Pública como un servicio público centralizado, dependiente del Ministerio de Educación.
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Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la señalada ley N° 21.040, la dirección y administración de la Dirección de Educación Pública estará a cargo de un funcionario denominado Director de Educación Pública, quien será el jefe superior del servicio; quien estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en el Título VI de la ley N° 19.882 y será...
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