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Decreto núm. 125, publicado el 04 de Agosto de 2021. DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA REGIÓN DE COQUIMBO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA REGIÓN DE COQUIMBO

Núm. 125.- Santiago, 5 de julio de 2021.

Vistos:

  1. El oficio Nº 452, de 23 de junio de 2021, del Intendente de la Región de Coquimbo;

  2. El Informe Técnico Nº 20, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas Región de Coquimbo", de 30 de junio de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas;

  3. El oficio Ord. DGA Nº 293, de 30 de junio de 2021, del Director General de Aguas;

  4. El decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";

  5. La resolución DGA Nº 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA Nº 39, de 1984 y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;

  6. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso del Código de Aguas, y

    Considerando:

    Que, por medio del oficio Nº 452, de 23 de junio de 2021, el Intendente de la Región de Coquimbo solicitó la declaración de zona de escasez a la Región de Coquimbo, a fin de implementar los planes y medidas de excepción necesarios para reducir los daños derivados de la crisis hídrica.

    Que, el Informe Técnico Nº 20, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas Región de Coquimbo", de 30 de junio de 2021, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, analizó las estaciones de medición La Serena, Rivadavia, Ovalle, Paloma, Cogotí 18, La Canela, Huintil, Salamanca y Los Vilos, que entregan datos de las precipitaciones de la zona; y Río Elqui en Algarrobal, Río Hurtado en San Agustín, Río Grande en Las Ramadas y Río Choapa en Cuncumén, que permiten conocer el escurrimiento superficial de los caudales, concluyendo que en la Región de Coquimbo, sólo se cumple la condición establecida en el numeral 6.

    1. de la resolución DGA Nº 1.674, de 2012, que establece nuevos criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía, ya que el índice de caudales estandarizados (ICE) es menor al índice límite definido en las estaciones analizadas, de -0,84.

  7. Que, el Director General de Aguas mediante el oficio Ord. DGA Nº 293, de 30 de junio de 2021, solicitó se declare zona de escasez a la Región de Coquimbo.

  8. Que, el artículo 314 inciso del Código de Aguas, dispone que el Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá, en épocas de extraordinaria sequía, declarar zonas de escasez por...

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