Decreto núm. 124, publicado el 29 de Abril de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 780264877

Decreto núm. 124, publicado el 29 de Abril de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES

Núm. 124.- Santiago, 31 de diciembre de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32° N° 6 y 35° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.059; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; en los decretos supremos Nos 97 de 1984; 170 de 1985; 23 de 2000; 189 de 2013 y 170 de 2016, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y demás normativa que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que mediante decreto supremo N° 170, de 2016, citado en el Visto, se modificaron los decretos supremos N° 23, de 2000, 97, de 1984, 170, de 1985, y se dejó sin efecto el decreto supremo N° 189, de 2013, todos el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con el objeto de establecer medidas de seguridad y diseño para la licencia de conductor, atendido que Casa Moneda de Chile S.A., dejó de ser el proveedor único de tal documento.

  2. Que la entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en los Artículos Primero y Segundo del referido decreto supremo N°170 ha sido prorrogada mediante los decretos supremos N° 57, de 2017, 18, de 2018 y 70, de 2018, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; fijándose la entrada en vigencia de dicha normativa para el día 24 de enero de 2019.

  3. Que en este período el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ha efectuado una serie de evaluaciones al modelo de licencia de conductor que entraría en vigencia el 24 de enero, concluyendo que debe avanzarse en una solución distinta a la inicialmente propuesta, que cumpla con estándares de seguridad y diseño acorde a las tecnologías disponibles a nivel internacional. Este trabajo implicará realizar una licitación nacional e internacional para el diseño del documento de licencia de conductor; desarrollo que abarcaría un plazo no inferior a 15 meses para la obtención de una propuesta de licencia de conductor en un sustrato policarbonato o similar.

  4. Que, mientras no se cuente con la propuesta de nuevo diseño del documento, se ha estimado pertinente mantener la fecha...

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