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Decreto núm. 12, publicado el 06 de Marzo de 2021. EXTIENDE VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE REVISIÓN TÉCNICA Y DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES, EN LOS CASOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

EXTIENDE VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE REVISIÓN TÉCNICA Y DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES, EN LOS CASOS QUE INDICA

Núm. 12.- Santiago, 19 de febrero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32º6, de la Constitución Política de la República; el artículo 89º del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; la Ley Nº 18.059; el artículo 4º de la Ley Nº 18.696; y el decreto supremo Nº 156, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; decreto supremo Nº 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, y sus modificaciones; el decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile, y sus prórrogas dispuestas mediante decretos supremos Nºs 269, 400 y 646, todos de 2020, del mismo Ministerio; la Ley 21.224; el decreto supremo Nº 24, de 26 de marzo de 2020, modificado por los decretos supremos Nº 41, de 22 de junio de 2020 y Nº 46, de 9 de julio de 2020, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el dictamen Nº 3610, de 17 de marzo de 2020 y la resolución Nº 7, de 2019, ambos de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, ante la emergencia de importancia internacional producida por el brote del nuevo Coronavirus 2019 o Covid-19, el 5 de febrero de 2020, a través del decreto supremo Nº 4, y sus modificaciones posteriores, el Ministerio de Salud decretó alerta sanitaria por el período que se señala y otorgó facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).

  2. Que, del mismo modo, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó como pandemia el brote de dicha enfermedad. Por su parte, mediante decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declaró Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile, siendo prorrogado a través de los decretos supremos Nºs 269, 400 y 646, todos de 2020 y del mismo Ministerio, rigiendo hasta el 13 de marzo de 2021.

  3. Que, lo anterior constituye un caso fortuito...

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