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Decreto núm. 1164 EXENTO, publicado el 09 de Enero de 2017. DECLARA ZONAS DE INTERÉS TURÍSTICO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECLARA ZONAS DE INTERÉS TURÍSTICO QUE INDICA

Núm. 1.164 exento.- Santiago, 29 de diciembre de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el Ord. Nº 26, del 27 de mayo del 2013, de la Secretaría Regional Ministerial de Economía de la Región de los Ríos; en el acta del Comité de Ministros del Turismo que da cuenta de la sesión ordinaria Nº 11, de 22 de diciembre de 2015, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que según dispone el artículo 13 de la ley Nº 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo, acordar la declaración de Zonas de Interés Turístico;

  2. Que, en sesión ordinaria del Comité de Ministros del Turismo Nº 11, de fecha 22 de diciembre de 2015, se analizó la solicitud de declaratoria para el territorio de la comuna de Castro, en Chiloé, acordándose por unanimidad aprobar la respectiva propuesta de declaratoria así como su respectivo plan de acción.

  3. Que, el plan de acción propuesto por la parte solicitante identifica como atractivos turísticos que motivan el flujo de visitantes a: Circuito de las Iglesias del Patrimonio de la Humanidad de Chelín, Nercón Rilán y San Francisco de Castro; los palafitos de bordemar de los barrios de Pedro Montt y Gamboa; la Ruta de Fiestas Costumbristas; Humedales de Putemún y Puyao para el avistamiento de aves migratorias y la gastronomía local.

  4. Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del decreto supremo Nº 172, de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y al decreto Nº 30, de 2016, del mismo Ministerio, corresponde a esta Secretaría de Estado, por orden de la Presidenta de la República, declarar la Zona de Interés Turístico respectiva.

Decreto:

Artículo primero

Declárase como Zona de Interés Turístico (ZOIT) el territorio de la comuna de Castro...

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