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Decreto núm. 113 EXENTO, publicado el 18 de Marzo de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.

Santiago, 10 de febrero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 113 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 179, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 74.153, de 08.06.2016.

  7. La solicitud de autorización provisoria de la modificación de concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 78.286, de 20.06.2016, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta N° 2.676, de 2016.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión,

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Claro Infraestructura 171 S.A., RUT Nº 88.381.200-K, con domicilio en Avda. El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Instalar, operar y explotar dos (2) radioenlaces, según se indica a continuación:

      Los radioenlaces se implementarán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos son los que se indican a continuación:

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico...

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