Decreto núm. 110 EXENTO, publicado el 24 de Noviembre de 2023. APRUEBA ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL Y CREA PROGRAMA OBSERVATORIO LABORAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 953765239

Decreto núm. 110 EXENTO, publicado el 24 de Noviembre de 2023. APRUEBA ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL Y CREA PROGRAMA OBSERVATORIO LABORAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL Y CREA PROGRAMA OBSERVATORIO LABORAL

Núm. 110 exento.- Santiago, 13 de noviembre de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece reestructuración y funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley Nº 19.518, que fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo; en la ley Nº 19.728, que establece un seguro de desempleo; en la ley Nº 20.267, que crea el Sistema de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; en la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva; en el decreto supremo Nº 57, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que crea el Comité Interministerial de Transición Socioecológica Justa; en el decreto supremo Nº 34, de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral; en la resolución Nº 1.060, de 2023, que constituye la Comisión Asesora de Prospección Laboral; en la resolución exenta Nº 1.507, de 2022, que aprueba el organigrama funcional y descripción de funciones de las Unidades de la Subsecretaría del Trabajo; en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 14, de 2022, que fijan las normas sobre exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social es el encargado de dirigir y coordinar las políticas laborales que rigen al país. En esa perspectiva, su principal misión es contribuir a la generación de un nuevo modelo de relaciones laborales, con seguridad social, perspectiva de género y, estimulando el diálogo social, garantizar el trabajo decente de acuerdo a los estándares de la Organización Internacional del Trabajo. Asimismo, el Ministerio debe asignar los recursos necesarios para llevar a cabo las políticas, planes, programas y normas que permitan el logro de los objetivos institucionales, mediante la fiscalización y el fomento de la seguridad y la salud laboral.

Que, mediante la resolución exenta Nº 1.507, de 2022, se aprueba el organigrama funcional y descripción de funciones de las Unidades de la Subsecretaría del Trabajo, creándose la División de Políticas de Empleo, encargada de proponer, promover y coordinar el diseño de las políticas del mercado del trabajo y la entrega de servicios de promoción del empleo, orientación e intermediación laboral, capacitaciones, certificación de competencias, subsidios al empleo, inserción laboral, entre otros, con el fin de mejorar la empleabilidad de todas las personas desocupadas, inactivas y ocupadas en búsqueda de empleo. Dándole a esta División, específicamente, a través del Departamento de Intermediación y Prospección Laboral, la labor de orientar la producción de información sobre los desajustes entre oferta y demanda laboral.

Que, mediante el decreto Nº 34, de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social se crea la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral, entidad de carácter público-privada, estrictamente consultiva, cuya misión es el asesorar a la Cartera de Estado en el proceso de diseño e implementación de Estrategia Nacional de Prospección Laboral. Se señala que esta estará dirigida a diagnosticar los fenómenos que producen escasez de capital humano calificado, con graves consecuencias en la empleabilidad y bienestar de las personas y en la productividad y competitividad de las empresas y el país, a fin de reducir las brechas que la causan, y avanzar en su optimización.

Que, conforme a la normativa anterior, la Comisión Asesora la componen representantes de trabajadores/as, empleadores/as, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), de la Comisión Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora), de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad, de los ministerios de la Mujer y Equidad de Género, de Educación, y de Economía y Turismo, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y tres académicos/as expertos/as en temáticas laborales. Por su parte, la Secretaría Ejecutiva recae en el Departamento de Prospección Laboral (actual Departamento de Intermediación y Prospección Laboral), de la Subsecretaría del Trabajo.

Que, mediante resolución exenta Nº 1.060, de 24 de agosto de 2023, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social se constituyó formalmente la Comisión Asesora, la cual sesionó en cinco ocasiones.

Que, como resultado del trabajo desarrollado por la Comisión Asesora, desde el año 2021 a la fecha, se elaboró una propuesta de Estrategia Nacional de Prospección Laboral, con la que se espera que la ciudadanía, las autoridades políticas, los servicios públicos de empleo y las distintas instituciones del sector educativo que requieren información sobre los desajustes entre oferta y demanda laboral, y sobre el mercado laboral en general, puedan orientar de mejor manera su oferta formativa, el diseño de políticas públicas y sus decisiones laborales y educativas.

Que, dicha propuesta de Estrategia Nacional de Prospección Laboral fue aprobada en la sesión Nº 6 de la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral, de fecha 2 de octubre de 2023, la cual resulta pertinente y adecuada.

Decreto:

Primero: Apruébase la Estrategia Nacional de Prospección Laboral, cuyo contenido es el siguiente:

"ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL

  1. OBJETIVOS DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL.

    El objetivo de la Estrategia será consolidar un robusto e integral sistema de monitoreo y anticipación de las características y desajustes entre oferta y demanda de ocupaciones en el mercado laboral, que sea granular y desagregue la información a lo menos por región, comuna y sexo de las personas. Este sistema se expresará en un catálogo público de caracterización de las ocupaciones y de anticipación de sus cambios.

    La información que se levante, sistematice, analice y prospecte, deberá permitir:

    1. Aportar a la pertinencia de la oferta formativa del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y del sistema educacional en su conjunto, respecto a las necesidades productivas actuales y futuras de los territorios, a través de la entrega sistemática de información actualizada de la oferta y demanda de las diferentes ocupaciones.

    2. Apoyar la labor de la Comisión Sistema Nacional de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, orientando respecto de los sectores económicos y perfiles ocupacionales emergentes y prioritarios, para su levantamiento y actualización, con base a la empleabilidad actual y futura.

    3. Aportar a la aplicación de la Política Nacional de Intermediación Laboral, caracterizando en términos laborales y ocupacionales a las personas buscadoras de empleo y, a las personas usuarias de la Bolsa Nacional de Empleo, Plataformas Laborales Sence y Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL).

    4. Entregar información y disponer de herramientas para estudiantes, trabajadores/as y empresas sobre la posición de las ocupaciones en el mercado laboral, sus principales características y sostenibilidad en el tiempo, en miras a orientarlos en la toma de decisiones educativas, laborales y de contratación y gestión de la fuerza de trabajo.

    5. Fomentar el desarrollo y fortalecimiento de iniciativas sectoriales de desarrollo de habilidades, tales como Consejos de Competencias, Mesas de Capital Humano y Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL), fomentando que implementen mecanismos de análisis y prospección del mercado laboral, y que su composición sea tripartita.

  2. PRINCIPIOS DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE PROSPECCIÓN LABORAL.

    Las acciones que se desarrollarán en el marco de la presente Estrategia Nacional de Prospección Laboral deberán incorporar las siguientes dimensiones, que actuarán como ejes transversales de la misma:

    1. Tripartismo y diálogo social. Como principio general, se promoverá el diálogo social como forma preferente para alcanzar acuerdos entre los actores que participan del mercado del trabajo. Son estos actores los que conocen de primera mano las tecnologías, formas de trabajo y principales características de las ocupaciones, por lo que deben sumarse sus experiencias y perspectivas...

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