Decreto núm. 110 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2015. RECTIFICA DE OFICIO, EN EL SENTIDO QUE INDICA, LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE SE SEÑALAN, QUE OTORGAN O MODIFICAN CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 Y TRANSMISIÓN DE DATOS A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
RECTIFICA DE OFICIO, EN EL SENTIDO QUE INDICA, LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE SE SEÑALAN, QUE OTORGAN O MODIFICAN CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 Y TRANSMISIÓN DE DATOS A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 20 de febrero de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 110 exento.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Los decretos supremos Nºs 145 y 146, ambos de 1997, y Nºs 1 al 15, de 2010, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgan concesiones de servicio público de telefonía móvil digital 1900 o de transmisión de datos según corresponda, a Entel PCS Telecomunicaciones S.A., y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Que, a propósito de los antecedentes recabados en el ejercicio de las facultades encomendadas al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se ha advertido que, en los decretos o resoluciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que se detallan en el punto 1 del presente decreto, han aparecido de manifiesto errores materiales y/o inconsistencias en las direcciones o coordenadas geográficas con las que en los mismos se identifica la ubicación de las estaciones base o instalaciones que en cada caso se autorizaron, sin que las mismas constituyan modificación de su emplazamiento;
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Que de conformidad con lo señalado en el inciso final del artículo 13º y en el 62º de la ley 19.880, procede aclarar y/o rectificar los errores detectados en los actos administrativos que se detallan en el punto 1 del presente decreto, expresando además sus coordenadas en Datum WGS 84 hoy uniformemente utilizado por esta autoridad; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
Rectifícanse los decretos o resoluciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que se detallan en el punto 1 del presente decreto, que otorgan o modifican...
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