Decreto núm. 11, publicado el 07 de Abril de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA SERVICIOS COMPUTACIONALES JAIME EMILIO MULLER E.I.R.L.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA SERVICIOS COMPUTACIONALES JAIME EMILIO MULLER E.I.R.L.
Santiago, 19 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 11.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N° 746 de 2004, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 2.400 - 2.483,5 MHz, y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 1.558 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de las Bandas de Frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470-5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 259.249 de 02.12.2015.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Servicios Computacionales Jaime Emilio Muller E.I.R.L., RUT N° 76.320.853-2, con domicilio en calle José Besa N° 15488, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar sistemas punto a multipunto, según se indica a continuación:
1.2 Instalar, operar y explotar radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación:
Los medios de transmisión y/o comunicación podrán ser propios o arrendados a trerceros debisamente autorizados.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
La zona de servicio de la concesión corresponderá a la comuna de San Bernardo, Región Metropolitana.
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El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
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Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250-5.350 MHz, 5.470,0-5.725,0 MHz y 5.725-5.850 MHz, la compartirán sin...
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