Decreto núm. 109, publicado el 30 de Septiembre de 2016. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A EMPRESA INTELCOM TELECOMUNICACIONES CHILE LIMITADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A EMPRESA INTELCOM TELECOMUNICACIONES CHILE LIMITADA
Santiago, 1 de julio de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 109.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta Nº 517, de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz., y sus modificaciones posteriores.
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La resolución exenta Nº 1.558, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz. y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 139.416 de 28.08.2015.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Otórgase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Intelcom Telecomunicaciones Chile Limitada, RUT Nº 76.252.371-K, con domicilio en Salar de Tara N° 1884, Coquimbo, IV Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
1.1 Tres (3) radioenlaces punto multipunto en la banda de 5,4 GHz:
Características técnicas comunes:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones señalados en el presente decreto supremo, no deben...
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