Decreto núm. 106, publicado el 20 de Octubre de 2015. PROMULGA EL CÓDIGO DE NORMAS INTERNACIONALES Y PRÁCTICAS RECOMENDADAS PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS ASPECTOS DE SEGURIDAD DE SINIESTROS Y SUCESOS MARÍTIMOS (CÓDIGO DE INVESTIGACIÓN DE SINIESTROS)
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL CÓDIGO DE NORMAS INTERNACIONALES Y PRÁCTICAS RECOMENDADAS PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS ASPECTOS DE SEGURIDAD DE SINIESTROS Y SUCESOS MARÍTIMOS (CÓDIGO DE INVESTIGACIÓN DE SINIESTROS)
Núm. 106.- Santiago, 29 de julio de 2015.
Vistos:
Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Seguridad Marítima MSC de la Organización Marítima Internacional, adoptó el Código de Normas Internacionales y Prácticas Recomendadas para la Investigación de los Aspectos de Seguridad de Siniestros y Sucesos Marítimos (Código de Investigación de Siniestros), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS) enmendado, mediante la resolución MSC.255(84), de 16 de mayo de 2008.
Que el señalado Convenio fue publicado en el Diario Oficial de 11 de junio de 1980.
Que la referida resolución entró en vigor internacional el 1 de enero de 2010, al entrar en vigor las enmiendas al Capítulo XI-1 del Convenio SOLAS 1974 enmendado, adoptadas mediante resolución MSC.257(84), de 16 de mayo de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, publicada en el Diario Oficial de 23 de enero de 2012.
Decreto:
Promúlgase el Código de Normas Internacionales y Prácticas Recomendadas para la Investigación de los Aspectos de Seguridad de Siniestros y Sucesos Marítimos (Código de Investigación de Siniestros), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS) enmendado, adoptado por la resolución MSC.255(84), de 16 de mayo de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, MSC...
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