Decreto núm. 105, publicado el 30 de Agosto de 2017. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL Y CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 692380085

Decreto núm. 105, publicado el 30 de Agosto de 2017. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL Y CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL Y CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE

Núm. 105.- Santiago, 1 de junio de 2017.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República y el decreto supremo 13, de 17 de enero de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Considerando:

Que por decreto supremo Nº 13, de 17 de enero de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, celebrado entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), por una parte, y la República de Chile, por la otra, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 7 de noviembre de 2016, el cual fuera publicado en el Diario Oficial de 23 de mayo de 2017.

Que el referido decreto señalaba, además, la entrada en vigor del aludido Protocolo Adicional entre la República de Chile y la República Argentina.

Que habiendo cumplido la República Federativa del Brasil y la República Oriental del Uruguay con lo previsto en el artículo 3º del mencionado Protocolo Adicional, este instrumento internacional entró en vigor entre la República de Chile y la República Federativa del Brasil el 22 de abril de 2017 y entre la República de Chile y la República Oriental del Uruguay...

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