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Decreto núm. 104, publicado el 12 de Enero de 2023. CREA COMITÉ DE MINISTROS Y MINISTRAS PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO SOSTENIBLE Y FIJA SU FUNCIONAMIENTO INTERNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

CREA COMITÉ DE MINISTROS Y MINISTRAS PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO SOSTENIBLE Y FIJA SU FUNCIONAMIENTO INTERNO

Núm. 104.- Santiago, 29 de diciembre de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1, inciso cuarto, 24, 32 N° 6, y 33 del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.516 de Presupuesto de ingresos y gastos del Sector Público para el año 2023; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el Estado, como promotor del bien común y en el marco de sus atribuciones, debe impulsar las políticas y ejecutar las acciones destinadas a maximizar el bienestar social y económico de nuestro país.

  2. Que, el país debe hacer frente a una crisis climática y de biodiversidad global que obliga a adoptar cambios profundos en la forma en que se organizan las diversas actividades humanas, especialmente las económicas.

  3. Que, Chile requiere impulsar un crecimiento económico ambiental y socialmente sostenible, mejorar la productividad y diversificar y sofisticar su matriz productiva, incorporando más conocimiento, capital humano e innovación con el objetivo de generar oportunidades en nuevas áreas productivas, crear empleo de calidad, y promover un desarrollo equitativo a nivel territorial.

  4. Que, lograr la diversificación productiva en Chile no significa dejar de lado las actividades tradicionales que ha desarrollado.

  5. Que, los desafíos que implica avanzar hacia un desarrollo productivo más inclusivo y sostenible requieren del esfuerzo coordinado de diversos ministerios y agencias públicas para abordar problemas complejos y orientar la acción pública en torno a objetivos transversales.

  6. Que, para afrontar estos desafíos, la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2023 creó, en la Partida 07, Capítulo 06, de la Corporación de Fomento de la Producción, el Programa 07, denominado "Desarrollo Productivo Sostenible", cuya Glosa 01 dispone que los recursos incluidos en dicho Programa se destinarán a los ámbitos del desarrollo y transformación productiva incluyendo ciencia, tecnología, conocimiento, innovación, emprendimiento y capital humano, en áreas de descarbonización justa, resiliencia a la crisis climática y sus impactos socioambientales, diversificación productiva sustentable, Estado innovador, Fortalecimiento de las capacidades para la generación de conocimiento, y Fortalecimiento de la I+D y la productividad en el sector privado u otras que adopte el Comité.

  7. Que, para hacer efectiva dicha coordinación y cumplir los objetivos que se definan es fundamental contar con una gobernanza multisectorial, técnica y especializada que permita dar consistencia, coherencia y eficiencia al diseño e implementación de las políticas públicas en materia de desarrollo productivo sostenible.

  8. Que, la Ley de Presupuestos considera el traspaso de este Programa, desde la Corporación de Fomento de la Producción a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, el cual se verá plasmado en un Plan que deberá ser remitido por la Corporación, en conjunto con la Secretaría Ejecutiva del Programa, a la Dirección de Presupuestos, a más tardar el 30 de mayo de 2023.

  9. ...

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