Decreto núm. 1030, publicado el 07 de Enero de 2017. EXCLUYE AL SÍNDICO JORGE JULIO CRISTI ROJAS DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 657263853

Decreto núm. 1030, publicado el 07 de Enero de 2017. EXCLUYE AL SÍNDICO JORGE JULIO CRISTI ROJAS DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

EXCLUYE AL SÍNDICO JORGE JULIO CRISTI ROJAS DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Santiago, 20 de diciembre de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.030.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 y Nº 10 de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto Nº 146, de 2007, del Ministerio de Justicia, que nombra e incluye a don Jorge Julio Cristi Rojas, en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo señalado en el oficio Electr. SIR Nº 5.727, de 2016, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y

Considerando:

  1. - Que, por decreto Nº 146, de 2007, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Jorge Julio Cristi Rojas, RUN Nº 6.522.987-0, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, mediante oficio Electr. SIR Nº 5.727, de 9 de noviembre de 2016, el Sr. Cristi Rojas, presentó la cuenta definitiva de administración de la quiebra de la sociedad Mellado y Compañía Limitada, la que fue objetada ante los Tribunales de Justicia por la Superintendencia, debido a irregularidades detectadas durante el proceso de fiscalización.

  3. - Que, con fecha 20 mayo de 2016, e1 1º Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol Nº C-12491-2014, acogió la objeción a la cuenta definitiva, teniéndola en consecuencia por rechazada, sentencia que fue complementada con fecha 24 de mayo de 2016, resoluciones que se encuentran ejecutoriadas, según da cuenta la certificación emitida el día 23 de septiembre de 2016.

  4. - Que, en...

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