Decreto núm. 103 EXENTO, publicado el 28 de Octubre de 2022. DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 40 EXENTO, DE 2022, DE ESTA CARTERA DE ESTADO, Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 913436068

Decreto núm. 103 EXENTO, publicado el 28 de Octubre de 2022. DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 40 EXENTO, DE 2022, DE ESTA CARTERA DE ESTADO, Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 40 EXENTO, DE 2022, DE ESTA CARTERA DE ESTADO, Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

Núm. 103 exento.- Santiago, 24 de octubre de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 294, del año 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura; la ley Nº 18.910, que sustituye la Ley Orgánica del Instituto de Desarrollo Agropecuario; la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 19.882 que regula Nueva Política de personal a los Funcionarios Públicos que indica; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; el decreto exento Nº 26, de 2022, del Ministerio de Agricultura; y en las resoluciones Nos. 6 y 7, de la Contraloría General de la República del año 2019.

Considerando:

Que, con fecha 28 de marzo de 2022, se dictó el decreto Nº 40, de 2022, de este Ministerio, en el que se estableció el orden de subrogación del Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario.

Que, habiendo transcurrido un tiempo desde la dictación del decreto Nº 40, de 2022, ya mencionado, en virtud de lo requerido por el Director Nacional de Indap en su oficio Nº 0070-003446/2022, y por razones de buen servicio, es necesario proceder a dictar un nuevo decreto, que establezca el orden de subrogancia en la institución que dirige, para el caso de su ausencia o impedimento.

Que, en consecuencia, es necesario dejar sin efecto el decreto Nº 40, de 2022, ya mencionado, y proceder a fijar un nuevo orden de subrogación, mediante el acto administrativo correspondiente.

Decreto:

  1. - Déjase sin efecto el decreto exento Nº 40, de 2022, del Ministerio de Agricultura, que Establece orden de Subrogación del Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario y deja sin efecto decreto que indica.

  2. Establézcase el siguiente orden de subrogación en caso de ausencia o impedimento del Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap):

    Primero: María Alejandra Sánchez Cornejo, RUT Nº 13.202.795-1, Grado 4, Escalafón Directivo.

    Segundo: Sebastián Acosta Villa, RUT Nº 16.939.828-3, Grado 5, Escalafón Directivo.

    Tercero: Orielle Díaz Acosta, RUT Nº...

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