Decreto núm. 102, publicado el 11 de Junio de 2021. NOMBRA A DON RAÚL IGNACIO CONCHA SEPÚLVEDA COMO EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
NOMBRA A DON RAÚL IGNACIO CONCHA SEPÚLVEDA COMO EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR
Núm. 102.- Santiago, 4 de agosto de 2020.
Vistos:
La Constitución Política de la República; el DFL Nº 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.192 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020; el decreto Nº 2.421 de 1964 del Ministerio de Hacienda; el DFL Nº 33 de 1979; los decretos Nºs 2.154 de 1997, 95 y 185 de 2019, y la resolución ministerial exenta Nº 63, de 2020, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nºs 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que mediante decreto Nº 95 de 2019, se aceptó la renuncia del señor Patricio Alberto Pradel Elgueta, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 1 de diciembre de 2019.
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Que mediante decreto Nº 185 de 2019, se dispuso la adscripción del señor James Sidney Sinclair Manley, en su cargo de Embajador de Chile ante el Gobierno de Singapur, a contar del 31 de diciembre de 2019.
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Que mediante resolución ministerial exenta Nº 63 de 2020, se aceptó la renuncia del señor Raúl Ignacio Concha Sepúlveda, al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, a contar del 16 de septiembre de 2020.
Decreto:
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Nómbrase al señor Raúl Ignacio Concha Sepúlveda (RUN Nº 7.080.943-5), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 16 de septiembre de 2020.
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Trasládese al señor Raúl Ignacio Concha Sepúlveda (RUN Nº 7.080.943-5), Embajador 1ª Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Singapur, a contar del 16 de septiembre de 2020, fecha en la cual deja de desempeñar funciones en el Consulado General de Chile en Shanghái.
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La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto Nº 2.421 citado en los Vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución Nº 30 de 2015 de la Contraloría General de la República, y permanecerá en la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera.
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Establézcase que el Embajador tendrá derecho, para él y su grupo familiar, a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, todo de conformidad...
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