Decreto núm. 102 EXENTO, publicado el 21 de Abril de 2023. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CARTAGENA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CARTAGENA
Santiago, 13 de febrero de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 102 exento.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
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El decreto supremo N° 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
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La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y
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El decreto supremo N° 11, de 15.01.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión; y su posterior modificación.
Considerando:
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La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 163.706, de 09.09.2022, complementado por ingresos Subtel N° 191.082 de 07.11.2022 y N° 206.686 de 05.12.2022 y;
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Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a), precedente.
Decreto:
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Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Cartagena, Región de Valparaíso, señal distintiva XQB-403, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es Radioemisora del Litoral Limitada, RUT N° 79.650.820-5, con domicilio en Avenida Barros Luco 1490 8 24-2P, comuna de San Antonio, Región de Valparaíso, en los términos que a continuación se indican.
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Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
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Autorízase a la concesionaria para cambiar características técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:
Características técnicas del Sistema Radiante:
- Diagrama de Radiación : Direccional.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo.
- Ganancia antena : 7.51 dBd de ganancia máxima.
- N° antenas : 4.
- Altura centro de
radiación : 57.5 metros.
- Pérdidas cables,
conectores y otros : 1 dB.
- Largo cable alimentador : 58.26...
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