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Decreto núm. 1, publicado el 14 de Marzo de 2019. APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA

Núm. 1.- Santiago, 3 de enero de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en el párrafo 4° del Título II del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto N° 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior; la facultad que me confiere el artículo 326 de la Constitución Política de Chile, y lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. La resolución N° 2, de 2017, de la Dirección Nacional del Servicio Civil, que aprueba Normas de Aplicación General en materias de Participación Funcionaria, Cumplimiento de Estándares en Formación y Capacitación de Funcionarios Públicos, Rol de Jefaturas en Dirección de Equipos y Gestión del Desempeño Individual y Sistema de Calificaciones;

  2. La relevancia de establecer factores y subfactores de evaluación que respondan a las exigencias y requerimientos actuales de la Agencia, y

  3. La conveniencia de adecuar el periodo calificatorio, alineándolo al ejercicio laboral anual, donde el proceso de despliegue de objetivos para el año coincida con el inicio del periodo calificatorio,

    Decreto:

  4. - Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones para el personal de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera:

TÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y CONSIDERACIONES GENERALES Artículos 1 a 3
Artículo 1°

El presente Reglamento establece las normas especiales para la calificación del personal de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, aplicándose en lo no previsto las normas contenidas en el Reglamento General de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo de la ley N° 18.834, aprobado por el decreto supremo N° 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°

El período calificatorio comprenderá doce meses de desempeño funcionario, desde el 1 de marzo al último día de febrero del año siguiente. El proceso de calificaciones deberá iniciarse el 1 de marzo y quedar terminado a más tardar el 30 de mayo de cada año.

La calificación sólo podrá considerar la actividad desarrollada por el/la funcionario/a durante el respectivo período de calificaciones.

Artículo 3°

Corresponderá a la institución diseñar y al/la Directora/a de la Agencia aprobar mediante resolución, los instrumentos auxiliares del Sistema de Calificaciones.

TÍTULO II DE LOS FACTORES Y SUBFACTORES DE CALIFICACIÓN Artículos 4 a 7
Artículo 4°

La calificación del personal considerará la evaluación de factores y subfactores diferenciados según la siguiente agrupación de cargos:

  1. Factores de Calificación Jefaturas y Funcionarios con personal a cargo

  2. Factores de Calificación Profesionales

  3. ...

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