Decreto núm. 1, publicado el 12 de Enero de 2018. ACTUALIZA LA ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO 'CUENCA DEL LAGO LLEU LLEU Y UN ÁREA DE LA CUENCA DEL LAGO LANALHUE DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO' DENOMINÁNDOLA LAGO LANALHUE - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 700913637

Decreto núm. 1, publicado el 12 de Enero de 2018. ACTUALIZA LA ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO 'CUENCA DEL LAGO LLEU LLEU Y UN ÁREA DE LA CUENCA DEL LAGO LANALHUE DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO' DENOMINÁNDOLA LAGO LANALHUE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ACTUALIZA LA ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO "CUENCA DEL LAGO LLEU LLEU Y UN ÁREA DE LA CUENCA DEL LAGO LANALHUE DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO" DENOMINÁNDOLA LAGO LANALHUE

Núm. 1.- Santiago, 5 de enero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución 1.031, de 2007, del Servicio Nacional de Turismo que declara Zona de Interés Turístico Nacional la Cuenca del Lago Lleu Lleu y un Área de la Cuenca del Lago Lanalhue de la Región del Biobío; en el decreto Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución administrativa exenta Nº 104, del 9 de mayo del 2017, de la Subsecretaría de Turismo; en el Acta del Comité de Ministros del Turismo que da cuenta de la sesión ordinaria Nº 16, de 27 de noviembre de 2017, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando

  1. - Que, la resolución 1.031, de 2007, del Servicio Nacional del Turismo declaró como zona de interés turístico nacional la cuenca del lago Lleu Lleu y un área de la cuenca del Lago Lanalhue de la Región del Biobío.

  2. - Que, el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zona de Interés Turístico establece en su artículo primero transitorio que las zonas de interés turístico del decreto ley Nº 1.224, de 1975, deberán actualizarse dentro del plazo de 36 meses, contados desde la publicación del reglamento.

  3. - Que, durante el mes de marzo de 2016 se presentó una solicitud para actualizar la ZOIT "Cuenca del Lago Lleu Lleu y un área del Lago Lanalhue de la Región del Biobío", solo en una parte correspondiente a las comunas de Cañete y Contulmo, en la Región del Biobío.

  4. - Que, en sesión ordinaria del Comité de Ministros del Turismo Nº 16, de fecha 27 de noviembre de 2017, se acordó por unanimidad aprobar la solicitud de declaratoria de zona de interés turístico para dicho territorio.

  5. - Que, el territorio denominado Lago Lanalhue cuenta con servicios turísticos que se concentran en los sectores de La Vaina, Elicura y Contulmo, con una oferta existente en toda la ribera del lago, oferta que crece año a año y que se diversifica a partir del crecimiento de propuestas innovadoras.

  6. - Que, este destino se caracteriza por el entorno natural del Lago Lanalhue, la oferta...

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