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Decreto núm. 1, publicado el 08 de Abril de 2016. CREA CONSEJO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

CREA CONSEJO NACIONAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL

Núm. 1.- Santiago, 14 de enero de 2016.

Visto:

Lo establecido en el artículo , 24 y 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; lo dispuesto en el Instructivo Presidencial Nº 007, de 6 de agosto de 2014, para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando

1) Que es deber de los órganos del Estado promover el fortalecimiento de la sociedad civil y de la participación ciudadana en la gestión pública;

2) Que el fortalecimiento de la democracia requiere acercar cada vez más a las personas la toma de decisiones de los órganos de la administración del Estado;

3) Que el desarrollo político, económico, social y cultural del país requiere del involucramiento de los ciudadanos en las diferentes facetas de la vida social y política, así como en su incidencia en el ciclo de la política pública;

4) Que el Instructivo Presidencial Nº007 ya citado, señala, entre las medidas a impulsar y en consistencia con compromisos programáticos que animan al Gobierno, la constitución del Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Fortalecimiento de la Sociedad Civil;

5) Que el propósito del respectivo compromiso programático busca que dicho Consejo Nacional difunda y promueva la participación ciudadana y colabore en la coordinación del cabal cumplimiento por parte de los órganos públicos de sus obligaciones en esta materia;

6) Que, para que el proceso de diseño institucional del señalado Consejo Nacional guarde coherencia con los principios de protagonismo y participación de la ciudadanía, se requiere el desarrollo de un amplio debate que permita elaborar una propuesta de futura institucionalidad en esta materia;

7) Que, en definitiva, el adecuado cumplimiento de este objetivo hace necesaria la constitución de un Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Fortalecimiento de la Sociedad Civil integrado provisionalmente por las personas que adelante se indican, y que cuentan con amplia trayectoria y destacados aportes a la participación de la ciudadanía en la gestión pública:

Decreto:

Artículo 1º

Créase el Consejo Nacional...

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