Decreto núm. 672, publicado el 08 de Noviembre de 1985. MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 320 DE 1981 - MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470754942

Decreto núm. 672, publicado el 08 de Noviembre de 1985. MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 320 DE 1981

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CARTAGENA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 320 DE 1981

Núm. 672.- Cartagena, 25 de Octubre de 1985.- Vistos: 1° El Decreto Supremo No. 892 de fecha 31 de Agosto de 1984 del Ministerio del Interior; 2° El Decreto Alcaldicio No. 320 de fecha 14.06.83, 3° Las facultades que me confiere la Ley No. 1.289 Orgánica de Municipios y Administración Comunal, 4° El Oficio No. 191 de fecha 15 de Octubre de 1985 del Depto. de Rentas y Tránsito,

Decreto:

  1. Modifícase el decreto Alcaldicio No. 320 de fecha 14.06.83 en los Art. que se señalan a continuación:

    1. Derechos que deben ser girados por Depto, Rentas y Tto,

      1. Art, 8° Inc. No. 5 Se elimina.

      2. Art. 8° Inc. No. 10 Se cambia el porcentaje de 75% UTM.

        a 30% UTM.

      3. Art. 8° Inc. No. 13 Se cambia el cobro de 1 UTM. por

        1/2 UTM.

    2. Derechos por Ocupación Temporal en la Vía Pública o Bien de uso público,

      1. - Inciso 1° queda como sigue: "Por exposición artesanal,

        cultural, comercial y similares sean éstos efectuados en

        calles, paseos, etc., pagarán mensualmente por cada

        expositor: 1 UTM.

      2. - Inciso 2° Eliminado.

      3. - Inciso 3° Eliminado.

      4. - Inciso 4° queda como sigue: "Derechos de Pisos en negocios

        instalados, pérgolas, mesas, sillas etc, mts.2 por

        temporada de Verano = 30% UTM.".

      5. - Inciso 8° queda como sigue: "Derechos de Estacionamiento

        en la Comuna de buses foráneos o interprovinciales, diario

        = $ 4.000."

      6. - Inciso 9° queda como sigue - "Derechos de Paraderos de

        Microbuses asociados Cartagena - Santiago por Temporada de

        Verano con venta de pasajes = 75 UTM.

      7. - Inciso, 11° Se elimina.

      8. - Inciso 11° a) Se elimina.

  2. Agréguese al Decreto Alcaldicio No. 320 lo ordenado en Decreto Alcaldicio No. 34 de fecha 21.01.85 que establece:

    Art. 6° Derechos por estacionamiento reservado.

    No. 2 Vehículos de transporte, carga, pasajeros, otros, cancelarán 1 UTM. por mes,

    Art. 8° Derechos...

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