Decreto 114 - CREA CONSEJO DE MINISTROS PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA - MINISTERIO DE PLANIFICACION Y COOPERACION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242925002

Decreto 114 - CREA CONSEJO DE MINISTROS PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION Y COOPERACION
Rango de LeyDecreto

CREA CONSEJO DE MINISTROS PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

Santiago, 8 de abril de 2002.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 114.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24 y 328 de la Constitución Política de la República de Chile; la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que la problemática relativa a la infancia y la adolescencia, constituye un objetivo central en la agenda pública social del Estado de Chile.

  2. Que el Gobierno de Chile, en el marco de la "Cumbre Mundial a Favor de la Infancia" en 1990, y a partir de la suscripción de la Convención sobre los Derechos de los Niños, ratificada por nuestro país en ese mismo año, ha asumido una serie de compromisos, que inciden en la necesidad de contar con una Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia y en el cumplimiento de las estrategias y metas comprometidas en el Plan de Acción Integrado 2001-2010, entre las cuales se encuentra la creación de una institucionalidad propia para la infancia y la adolescencia.

  3. Que es fundamental, para el desarrollo y cumplimiento de los compromisos asumidos, contar con una instancia asesora de carácter intersectorial e interinstitucional de todas las entidades gubernamentales involucradas en la ejecución de políticas de promoción del bienestar de la niñez y la adolescencia.

    D e c r e t o:

  4. Créase el Consejo de Ministros para la Infancia y la Adolescencia, en adelante el "Consejo", que tendrá como objetivo asesorar al Presidente de la República en el diseño, definición, coordinación y coherencia de las políticas hacia la Infancia y la Adolescencia.

  5. En especial corresponderá al Consejo, asesorar al Presidente de la República en las siguientes materias:

    1. En la aprobación de las políticas públicas respecto de la infancia y la adolescencia.

    2. En la aprobación de un Plan de Acción de la Infancia y Adolescencia y en el cumplimiento de sus metas.

    3. En la definición de un presupuesto integrado de los programas para la infancia y la adolescencia.

    4. En la evaluación de las políticas y programas dirigidos a la infancia y la adolescencia.

    5. En la evaluación de la coordinación entre los ministerios y los servicios públicos que ejecuten políticas y programas de responsabilidad intersectorial, que incidan en los derechos y oportunidades de la infancia y adolescencia.

    6. En la definición de iniciativas legales o reglamentarias que afecten a la infancia y la adolescencia.

      ...

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