Decreto Ley 2464 - INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL. (G) N° 1, DE 1968 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 248302242

Decreto Ley 2464 - INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL. (G) N° 1, DE 1968

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto Ley

INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL. (G) N° 1, DE 1968 Santiago, 10 de Enero de 1979.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:

Núm. 2.464.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976;

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo único

Introdúcense las siguientes modificaciones al DFL. (G) N° 1, de 1968, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N° 14 (G), de 1977:

  1. - Modifícase el artículo 5°, en la forma siguiente:

    1. Agrégase en el inciso primero, como letra c) la siguiente:

      "c) Oficiales Auxiliares Femeninos".

    2. Suprímese en el inciso segundo, en las letras a) y b), bajo el epígrafe "Ejército" las expresiones "De Servicio Auxiliar Femenino".

    3. Agrégase en el inciso segundo, como letra c), la siguiente:

      "c) Auxiliares Femeninos".

    4. Agrégase en la letra c) del inciso segundo, bajo el epígrafe "Ejército", las siguientes expresiones:

      - "De Línea

      - De los Servicios".

    5. Suprímese en la letra a) del inciso primero la conjunción "y", y sustitúyese el punto (.) de la letra b) por una coma (,).

  2. - Sustitúyese el inciso primero del artículo 8° por el siguiente:

    "Los grados y jerarquías de los Oficiales de Línea, de los Servicios y Auxiliares Femeninos de las Fuerzas Armadas y sus equivalencias son los siguientes...".

  3. - Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 11°:

    1. Agrégase en el inciso primero, como letra c) la siguiente, suprimiendo la conjunción "y" de la letra a), y reemplazando el punto (.) de la letra b), por una coma (,):

      "C) Auxiliares Femeninos".

    2. Suprímese en el inciso segundo en las letras a) y b), las expresiones "De Servicio Auxiliar Femenino".

    3. Agrégase en el inciso segundo, como letra c) la siguiente:

      "c) Auxiliares Femeninos".

    4. Agrégase en la letra c) del inciso segundo, bajo el epígrafe "Ejército", la siguiente expresión:

      "- De Línea".

  4. - Sustitúyese en el inciso primero del artículo 23°, la expresión "Los Oficiales de Servicio Auxiliar Femenino" por "Los Oficiales Auxiliares Femeninos".

  5. - Elimínase en el inciso segundo del artículo 44° la expresión "de Servicio" que precede a las palabras "Auxiliar Femenino del Ejército".

  6. - Elimínase en el artículo 45° la letra f) "Oficiales del Servicio Auxiliar Femenino

    (O.S.A.F.E.L.)" y en el artículo 46°, la letra g) "Oficiales del Servicio Auxiliar Femenino

    (O.S.A.F.E.S.)".

  7. - Agrégase a continuación...

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