Decreto Ley 2207 - OTORGA, POR GRACIA, BENEFICIO PREVISIONAL QUE INDICA A LAS PERSONAS QUE SEÑALA
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR |
Rango de Ley | Decreto Ley |
OTORGA, POR GRACIA, BENEFICIO PREVISIONAL QUE INDICA A LAS PERSONAS QUE SEÑALA
Santiago, 9 de Mayo de 1978.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado hoy lo que sigue:
Núm. 2.207.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Declárase, por gracia, al personal que más adelante se indica y que fuera contratado por la Armada de Chile, por resolución Nº 1.115-40, de 19 de Mayo de 1972, en calidad de Marinero 2º Faz (Campero), que el período de 5 años de servicios prestados en la Institución, con imposiciones en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, les dará derecho para obtener pensión de retiro o de montepío, en su caso, con prescindencia del plazo mínimo exigido por el Art. 175 del texto refundido del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por decreto supremo Nº (G) 14, de 1977:
Nombre Serie
Bastidas Pacheco, Juan del Carmen V-2309
Bustamante Barría, Rubelindo V-2305
Cárdenas Alvarez, Gabriel Amado V-2262
Díaz Barrientos, Francisco Abel V-2310
González Barría, Augusto V-5493
Hernández González, Zoilo V-2296
Mansilla Zúñiga, Pedro Julio V-2281
Oyarzún Vera, Luis V-2231
Paillán Hernández, Juan Felipe V-2237
Ulloa Ojeda, Juan V-2240
Vásquez Ojeda, Juan Celedonio V-2213
Oyarzún Vera, José V-1913
La Caja de Previsión de la Defensa Nacional procederá a otorgar al...
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