Decreto con Fuerza de Ley núm. 2, publicado el 10 de Octubre de 2019. MODIFICA LAS PLANTAS DE PROFESIONALES DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y REGULA OTRAS MATERIAS A LAS QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 21.106
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
MODIFICA LAS PLANTAS DE PROFESIONALES DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y REGULA OTRAS MATERIAS A LAS QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 21.106
DFL Núm. 2.- Santiago, 13 de agosto de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 y 64 de la Constitución Política de la República; y las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° de la ley N° 21.106, dicto el siguiente.
Decreto con fuerza de ley:
De la modificación de las plantas de profesionales y de la creación de cargos adicionales. Modifícase la planta de personal de los Servicios de Salud establecidos en el artículo 16 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo indicado en los siguientes numerales:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Arica, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Iquique, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Antofagasta, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Atacama, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 5, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Coquimbo, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 6, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servido de Salud Valparaíso-San Antonio, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 8, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Aconcagua, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 9, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 10, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Maule, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 11, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Ñuble, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 12, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Concepción, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 13, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Arauco, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 14, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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Modifícase la Planta de Profesionales del Servicio de Salud Talcahuano, afecta a las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, fijada en el numeral 2 del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 15, de 2017, del Ministerio de Salud, creando los siguientes cargos adicionales por grado de la Escala Única de Sueldos:
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