Decreto con Fuerza de Ley núm. 3, publicado el 17 de Enero de 2015. MODIFICA PLANTA DE PERSONAL Y PLANTA PROFESIONAL DE HORAS DE LA LEY Nº19.664, AMBAS DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 553391114

Decreto con Fuerza de Ley núm. 3, publicado el 17 de Enero de 2015. MODIFICA PLANTA DE PERSONAL Y PLANTA PROFESIONAL DE HORAS DE LA LEY Nº19.664, AMBAS DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

MODIFICA PLANTA DE PERSONAL Y PLANTA PROFESIONAL DE HORAS DE LA LEY Nº19.664, AMBAS DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA

Núm. 3.- Santiago, 28 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile y las facultades que me confieren los artículos y , ambos de la ley Nº 20.707, dicto el siguiente

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1º

Suprímense en la Planta de Personal del Servicio de Salud Aconcagua, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 16, de 2008, del Ministerio de Salud, en la Planta de Directivos de Carrera del punto 1.3. de su artículo 1º, los cargos que se indican a continuación:

Total Cargos Suprimidos en la Planta de Directivos: 3

Artículo 2º

Créase en la Planta Profesional de Horas de la ley Nº 19.664 del Servicio de Salud Aconcagua, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 16, de 2008, del Ministerio de Salud, 121 horas, que representan los cargos suprimidos en virtud del artículo anterior.

Artículo 3º

Increméntase la Planta Profesional de Horas de la ley Nº19.664 del Servicio de Salud Aconcagua, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 8, de 2000, del Ministerio de Salud, en la cantidad de 660 horas, equivalente a la suma de horas correspondientes a cargos de Jefes de Servicio Clínico y de Jefe de Unidad de Apoyo, todos suprimidos por aplicación de los dispuesto en los artículos undécimo y duodécimo transitorios, ambos de la ley Nº 20.209.

El incremento de horas que se dispone en este artículo no podrá significar aumento de dotación ni mayor gasto fiscal.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Helia Molina Milman, Ministra de Salud.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.

Transcribo para su conocimiento decreto con fuerza de ley Nº 3 de 28-11-2014.- Saluda atentamente a Ud., Pedro Crocco Ábalos, Subsecretario de Salud Pública (S).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

División Jurídica

División de Personal de la Administración del Estado

Cursa con alcances los decretos con fuerza de ley Nos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28, todos de 2014, del Ministerio de Salud

Nº 371.- Santiago, 5 de enero de 2015.

Esta Contraloría General ha tomado razón de los documentos señalados en la suma, por cuanto se ajustan a derecho, pero cumple con hacer presente que las referencias efectuadas en sus artículos 2º y...

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