Decreto exento número 94, de 2022.- Autoriza circulación de vehículos que indica, en términos que señala, pertenecientes al Servicio Local de Educación Pública de Gabriela Mistral - 18 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 899422665

Decreto exento número 94, de 2022.- Autoriza circulación de vehículos que indica, en términos que señala, pertenecientes al Servicio Local de Educación Pública de Gabriela Mistral

Fecha de publicación18 Marzo 2022
Número de registroCVE-2100600
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.206
CVE 2100600 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.206 | Viernes 18 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2100600
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA, EN TÉRMINOS QUE
SEÑALA, PERTENECIENTES AL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE
GABRIELA MISTRAL
Núm. 94 exento.- Santiago, 27 de enero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en el artículo 14 de la ley N°
18.267; en la ley N° 20.502; en el decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior; en el
decreto con fuerza de ley N° 12-2.345, de 1979, del Ministerio del Interior; en el decreto
supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el oficio Ord.
N° 779, de 2001, del Ministerio del Interior, que imparte instrucciones sobre autorización de
circulación de vehículos, en días y horas inhábiles, y sobre exención de uso de disco distintivo
fiscal; en la circular N° 26, de 2003 de los Ministerios del Interior y de Hacienda; en el oficio
Ord. N° D-18667, de 2008, del Jefe de la División Jurídica del Ministerio del Interior; en el
oficio circular N° 35.593, de 1995 y en la resolución N° 7, de 2019, ambos de la Contraloría
General de la República; en los oficios Ord. N°s. 426, de 5 de agosto y 693, de 24 de diciembre,
ambos de 2021, del Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Gabriela
Mistral, y en los oficios Ord. N°s. 2600, de 4 de noviembre y 3001, de 28 de diciembre, ambos
del año 2021, de la Dirección de Educación Pública, y
Considerando:
Que, conforme lo dispuesto en los artículos 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974, del
Ministerio del Interior, todo vehículo de propiedad de organismos de la administración
descentralizada, debe llevar pintado en colores azul y blanco, en ambos costados, en la parte
exterior, un disco de 30 centímetros de diámetro, insertándose en su interior, en la parte superior,
el nombre del servicio público a que pertenece; en la parte inferior, en forma destacada la palabra
"Estatal" y en el centro un escudo de color azul fuerte;
Que, la ley N° 21.040, creó el Sistema de Educación Pública y, en su artículo 16, crea los
Servicios Locales de Educación Pública como órganos, públicos funcional y territorialmente
descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, los que se relacionarán con el
Presidente de la República a través del Ministerio de Educación;
Que, el Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso es dueño de los vehículos
Station Wagon, patentes LXHR.88-4 y LXHR.89-2, los cuales son ocupados por personal de ese
Servicio Local en el ejercicio de sus funciones;
Que, ante la coyuntura política y sanitaria que vive el país, se hace necesario contar con la
autorización de los vehículos citados anteriormente, para que puedan circular los días sábado en
la tarde, domingo y festivos con el disco distintivo estatal.
Decreto:
Artículo 1°.- Autorízase a los vehículos que a continuación se individualizan,
pertenecientes al Servicio Local de Educación Pública de Gabriela Mistral, para que puedan
circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos con el disco distintivo estatal, de acuerdo
con lo señalado en los artículos 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del
Interior:

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