Decreto exento número 936, de 2023.- Reconoce licencia de servicio sanitario rural al Comité de Agua Potable Rural de Ciruelos, comuna de Mariquina, Región de Los Ríos, y dispone su registro como operador - 16 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 953300606

Decreto exento número 936, de 2023.- Reconoce licencia de servicio sanitario rural al Comité de Agua Potable Rural de Ciruelos, comuna de Mariquina, Región de Los Ríos, y dispone su registro como operador

Número de registroCVE-2405773
Fecha de publicación16 Noviembre 2023
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.702
CVE 2405773 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.702 | Jueves 16 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 2405773
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
RECONOCE LICENCIA DE SERVICIO SANITARIO RURAL AL COMITÉ DE AGUA
POTABLE RURAL DE CIRUELOS, COMUNA DE MARIQUINA, REGIÓN DE LOS
RÍOS Y DISPONE SU REGISTRO COMO OPERADOR
Núm. 936 exento.- Santiago, 6 de noviembre de 2023.
Visto:
- Decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- El decreto con fuerza de ley de Obras Públicas Nº 850, de fecha 12 de septiembre de 1997,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840 de 1964 y del decreto
con fuerza de ley Nº 206 de 1960.
- La ley Nº 20.998 que Regula los Servicios Sanitarios Rurales y su Reglamento, el decreto
supremo MOP Nº 50 de 2019 y sus modificaciones.
- La solicitud de incorporación al Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales,
presentada por el Comité de Agua Potable Rural de Ciruelos, RUT 73.818.400-9, ante la
Subdirección Regional de Servicios Sanitarios Rurales de fecha 13 de octubre de 2021, a través
de carta Nº 5 suscrita por su Presidente.
- El Ord. DOH SSR Nº 39 de fecha 25 de junio de 2021, que informa clasificación
provisoria de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales de la Región de Los Ríos.
- La notificación de la clasificación provisional de Operadores Región de Los Ríos de fecha
25 de marzo de 2022.
- El Pre Informe de Reconocimiento de Licencia de la Subdirección Regional de Servicios
Sanitarios Rurales de la Región de Los Ríos, de fecha 7 de junio de 2022.
- El Ord. SSSR Nº132, de 28 de julio de 2022, que informa que se dará curso a la licencia
sanitaria ante el Ministro de Obras Públicas.
- El Ord. Nº 968, de 25 de octubre de 2021, de Director Regional (S) de Obras Hidráulicas
de Los Ríos, que deriva antecedentes para la inscripción en el Registro de Operadores de
Servicios Sanitarios Rurales, en virtud del cual adjunta: a) Certificado de vigencia de persona
jurídica del Comité de Agua Potable Rural de Ciruelos, emitido por el Servicio de Registro Civil
e Identificación; b) Copia de la iniciación de actividades otorgada por el Servicio de Impuestos
Internos del mencionado Comité; c) Copia actualizada del Registro de Usuarios, con indicación
de quiénes son socios y no socios del mismo a quienes se les presta el servicio; d) Indicación del
número de arranques de Agua Potable existentes; e) Certificado emitido por la Subdirección que
acredita que la Subdirección Regional de Servicios Sanitarios Rurales, se constituyó en terreno y
verificó el funcionamiento y condiciones generales del servicio de fecha 25 de octubre de
2021, y f) Plano del territorio o área de servicio.
- La resolución Nº 7/2019, de Contraloría General de la República, de fecha 26 de marzo de
2019 que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
- Que, con fecha 20 de noviembre de 2020, entró en vigencia la ley Nº 20.998, que regula
los servicios sanitarios rurales, estableciendo la institucionalidad a la cual se deberán ajustar los
comités y cooperativas como prestadores del servicio sanitario rural.
- Que el artículo 2º transitorio de la ley Nº 20.998, reconoció, por el solo ministerio de la
ley, como titulares de sus respectivas licencias y por ende licenciatarios, a los comités y

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