Decreto exento número 84, de 2020.- Establece orden de subrogación del Secretario/a Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Aysén. Deja sin efecto decreto N° 187 exento, de 2014
Fecha de publicación | 24 Diciembre 2020 |
Número de registro | CVE-1870250 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Número de Gaceta | 42.838 |
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.838 | Jueves 24 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1870250
MINISTERIO DE AGRICULTURA
ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SECRETARIO/A REGIONAL
MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA REGIÓN DE AYSÉN. DEJA SIN EFECTO
DECRETO EXENTO QUE INDICA
Núm. 84 exento.- Santiago, 17 de diciembre de 2020.
Vistos:
El DFL Nº 294 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de
Agricultura; la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto exento Nº 187, de
2014, del Ministerio de Agricultura, que determina orden de subrogación del Secretario/a
Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Aysén; el decreto Nº 19, de 2001 del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el correo electrónico de fecha 14 de diciembre
de 2020, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Aysén; las
resoluciones Nºs. 6 y 7, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que por medio del decreto exento Nº 187, de 2014, del Ministerio de Agricultura, se
determinó el orden de subrogación de la Secretaria Regional Ministerial de Agricultura de la
Región de Aysén.
2. Que mediante correo electrónico de fecha 14 de diciembre de 2020, el Secretario
Regional Ministerial de la Región de Aysén, ha propuesto modificar el orden de subrogación
establecido en el decreto exento citado precedentemente.
3. Que, en conformidad con lo expuesto, se hace necesario actualizar el orden de
subrogación de dicha autoridad, mediante el correspondiente acto administrativo.
Decreto:
1. Fíjase el siguiente orden de subrogación en caso de ausencia o impedimento del
Secretario/a Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Aysén:
Primero: el (la) Director/a Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Aysén.
Segundo: el (la) Director/a Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén.
Tercero: el (la) Director/a Regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, Región de
Aysén.
La subrogación antes indicada podrán ejercerla en primer lugar los titulares de los
respectivos cargos. Ante la ausencia de todos los titulares podrán ejercerla los subrogantes, en
igual orden y, en defecto de los segundos, podrán ejercerla los interinos, también en el mismo
orden.
Artículo segundo: Por razones de impostergable buen servicio, el presente decreto surtirá
sus efectos a contar desde esta fecha, sin esperar su total tramitación.
Artículo tercero: Derógase el decreto exento Nº 187, de 2014, del Ministerio de
Agricultura, que dispone orden de subrogación del Secretario/a Regional Ministerial de
Agricultura de la Región de Aysén.
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