Decreto exento número 803, de 2021.- Revoca reconocimiento oficial de la carrera que se indica del Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura - 11 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874590945

Decreto exento número 803, de 2021.- Revoca reconocimiento oficial de la carrera que se indica del Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura

Número de registroCVE-1991265
Fecha de publicación11 Agosto 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.025
CVE 1991265 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.025 | Miércoles 11 de Agosto de 2021 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 1991265
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA CARRERA QUE SE INDICA DEL
INSTITUTO PROFESIONAL CHILENO BRITÁNICO DE CULTURA
Núm. 803 exento.- Santiago, 6 de agosto de 2021.
Considerando:
Que, el Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura ha sido creado y organizado en
virtud de las normas contenidas en el DFL N° 5 de 1981, de Educación, mediante decreto exento
N° 159, de 13 de septiembre de 1982, modificado por decretos exentos N° 280, de 30 de
septiembre de 1986, y N° 277, de 8 de junio de 1993, todos de Educación, e inscrito en el
Registro correspondiente con el N° 14;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 110 del DFL N° 2, de 2009, de Educación
(en adelante, "DFL N°2 de 2009"), publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, con
las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocido
oficialmente;
Que, bajo el sistema de examinación, el Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura
obtuvo la aprobación para impartir la carrera de Pedagogía en Inglés, mediante certificado
N°06/169, de 17 de marzo de 1983, de la Subsecretaría de Educación, con la Universidad de
Santiago de Chile como entidad examinadora;
Que, mediante Certificado N°06/82, de 24 de enero de 1991, de la Subsecretaría de
Educación, la carrera de Pedagogía en Inglés fue liberada de la Universidad de Santiago de Chile
como entidad examinadora, al cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14° del DFL N°
5, de 1981, del Ministerio de Educación;
Que, desde la entrada de vigencia de la ley N° 20.370, Ley General de Educación y su
reglamento, y luego con el DFL N° 2, de 2009, de Educación, se derogó el artículo 7° transitorio
de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, estableciendo en el artículo 54 del
citado DFL N° 2, que "Los institutos profesionales sólo podrán otorgar títulos profesionales de
aquellos que no requieran licenciatura (...), y atribuye exclusivamente a las Universidades la
potestad de (...) Otorgar títulos profesionales y toda clase de grados académicos en especial, de
licenciado, magíster y doctor";
Que, en virtud de lo anterior, la Contraloría General de la República emitió dictamen N°
43.184, de 13 de junio de 2014, mediante el cual mandata al Ministerio de Educación a exigir el
cumplimiento de las disposiciones legales sobre esta materia;
Que, mediante Ord. N° 06/2545, de 27 de junio de 2014, la entonces División de Educación
Superior, actual Subsecretaría del ramo, envió el mencionado pronunciamiento emitido por la
Contraloría General de la República, para conocimiento y cumplimiento de todos los institutos
profesionales que impartían carreras de pedagogía, para que se inhibieran de abrir matrículas
para alumnos nuevos a contar del año 2015 en dichas carreras, permitiéndoles finalizar las etapas
de titulación con los alumnos en proceso;
Que, mediante Ord. N° 6/4725, de 22 de diciembre de 2014, la División de Educación
Superior solicitó información a las entidades que debían adecuarse al cumplimiento de dichas
medidas, entre éstas, al Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura, para su posterior
seguimiento y cumplimiento de la legislación vigente. Mediante carta de fecha 30 de mayo de
2017, el Instituto Profesional informó al Ministerio de Educación que la institución canceló el
ingreso de alumnos a primer año de la carrera Pedagogía en Inglés, a partir del año 2015. Todo
esto, de conformidad al dictamen N°43.184 de 2014, de la Contraloría General de la República;

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